📂 Normativa y acreditación

Plan de Estudio 2024: Resolución 353/2024 del Consejo Superior de la UNLPam.

La carrera fue acreditada en Dictamen considerado por la CONEAU el día 28 de julio de 2025 durante la Sesión N°634, Acta N°634 .

💭 Reunión informativa

Se realizó una reunión informativa, disponible a continuación:

En este enlace se encuentra la presentación proyectada en la reunión.

🎓 Perfil de la persona graduada

El perfil de la persona graduada está orientado a cubrir, con las competencias específicas de su formación de grado, las necesidades sanitarias de la provincia, que en virtud de sus características geodemográficas requiere de un dominio territorial y social.

La carrera de Medicina se propone incorporar, en la formación del/de la graduado/a, los principios de la ética médica, una visión humanística, el sentido de responsabilidad y el compromiso social en su quehacer profesional.

Se prepara para detectar y responder a las necesidades de salud de la sociedad, para ello la persona egresada debe lograr las siguientes competencias:

➤ Asumir una conducta ética frente al paciente, al equipo de salud y a la comunidad; respetar la dignidad y la privacidad de la persona.

➤ Contribuir, a través de la promoción de estilos de vida saludables, a la preservación de la salud y del ambiente.

➤ Actuar en la protección y la prevención de las enfermedades.

➤ Reconocer y respetar la diversidad de costumbres, etnias, creencias e ideas.

➤ Desarrollar habilidades de comunicación con escucha atenta y receptiva.

ℹ️ La carrera se brinda en español. Es requisito contar con conocimientos de lectoescritura y oralidad en dicho idioma.
🗂️ Estructura y organización del Plan de Estudios
📌 Duración estimada: 6 años
📌 Carga horaria total: 5500 horas

📖 Programas de las asignaturas

Programa Medicina
📊 Correlatividades
Correlatividades Medicina
📝 Requisitos de ingreso

Para ingresar a las instituciones de nivel superior se debe haber aprobado el nivel secundario. Excepcionalmente, las personas mayores de 25 años que no reúnan esa condición podrán ingresar siempre que demuestren, a través del procedimiento establecido por la UNLPam, que tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, según lo establecido en el Artículo 7° de la Ley 24.521 (LES).