Cuarta Categoría
Los haberes de docentes, no docentes y autoridades de la Institución pueden verse alcanzados por el Impuesto a las Ganancias (descargar ley) en su cuarta categoría que incluye, entre otros, el trabajo del personal en relación de dependencia.
- Escalas del art. 94 vigentes para el Período 2022 (descargar)
- Deducciones Personales vigentes para el Período 2022 – Zona desfavorable (descargar)
- Deducciones Generales vigentes para el Período 2022 (descargar)
SIRADIG Trabajador F572 web
Es un servicio de AFIP, al cual se accede mediante clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, y permite a las y los trabajadores informar las deducciones del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieran practicado, así como también si perciben ingresos en otra/s institución/es. La gestión es 100% digital.
Este formulario es de presentación obligatoria en forma anual, hasta el 31 de marzo de cada año, con la información del período anterior, para poder darle cierre a la liquidación del impuesto. Sin embargo, la/el trabajador puede optar por presentarlo mensualmente, en caso que posea deducciones que se vayan actualizando en ese lapso. Recomendamos esto último al efecto de volver más preciso el cálculo de la retención que pueda aplicarse en el mes.
Fecha de corte para la recepción del F572: el día 15 de cada mes, excepto en los meses de Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) que el corte se realiza el día 05 del mes.
* Aclaración sobre el beneficio por zona desfavorable. Si bien el formulario F572 incluye un campo para informar si a Ud. le corresponde el beneficio por residir y trabajar en la zona patagónica, la UNLPam lo aplica de hecho para todo su personal, aun cuando no presenten el citado formulario.
IMPORTANTE Los trabajadores deberán conservar a disposición de AFIP la documentación respaldatoria de todo lo informado en el F572 web.
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